La formación y el empleo juvenil vuelven a estar en el centro de las políticas públicas de la Comunidad de Madrid.
El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 14 de septiembre de 2026 ha publicado dos novedades importantes para jóvenes, personas desempleadas, entidades de formación y empresas: por un lado, la actualización del cheque formación para personas desempleadas menores de 30 años; por otro, una nueva ampliación de crédito para subvenciones destinadas a fomentar la contratación de personas jóvenes.
Aunque se trata de dos medidas distintas, ambas apuntan en la misma dirección: facilitar que las personas jóvenes puedan formarse, mejorar su empleabilidad y acceder con más posibilidades al mercado laboral.
¿Qué se ha publicado en el BOCM?
El 14 de septiembre se han publicado dos disposiciones relevantes.
La primera es el Acuerdo de 2 de septiembre de 2026, del Consejo de Gobierno, que modifica las normas reguladoras del cheque formación para personas desempleadas menores de 30 años que realicen cursos que mejoren su empleabilidad.
La segunda es la Orden de 3 de septiembre de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se amplía en 3.850.000 euros el crédito disponible para subvenciones de varias líneas del programa de fomento de la contratación en la Comunidad de Madrid.
Son novedades importantes porque afectan a dos momentos clave del itinerario laboral de una persona joven: la formación previa para mejorar su perfil y las ayudas a empresas para facilitar la contratación.
El cheque formación para jóvenes desempleados se amplía
Una de las principales novedades es la actualización del cheque formación.
Esta ayuda está pensada para personas desempleadas menores de 30 años que quieran realizar cursos de formación que mejoren su empleabilidad. La norma modificada señala que la finalidad de la ayuda es facilitar que las personas jóvenes desempleadas puedan adquirir nuevas competencias para incorporarse al mercado laboral o mejorar sus posibilidades de empleo, de acuerdo con su perfil y tras un proceso de orientación.
Dicho de forma sencilla: se trata de una ayuda para que más jóvenes puedan acceder a formación útil para su futuro profesional.
Más jóvenes podrán acceder: el límite de renta sube hasta 6 veces el IPREM
Uno de los cambios más relevantes tiene que ver con el requisito de renta.
La modificación eleva el umbral máximo de renta de la unidad de convivencia desde 3 veces el IPREM hasta 6 veces el IPREM, calculado en catorce pagas.
Esto permite ampliar el número de posibles beneficiarios. Hasta ahora, algunas personas jóvenes podían quedar fuera por superar el límite de renta anterior. Con el nuevo criterio, más unidades de convivencia podrán cumplir los requisitos económicos para solicitar la ayuda.
Además, la norma precisa que se tendrá en cuenta el último ejercicio con periodo impositivo finalizado y que la renta anual se obtendrá sumando los ingresos de los miembros computables de la unidad de convivencia.
La ayuda puede llegar hasta 3.000 euros para jóvenes con menos recursos
Otra novedad importante es el aumento de la cuantía para las unidades de convivencia con menos recursos.
La ayuda general se mantiene en un máximo de 1.500 euros, pero cuando la unidad de convivencia de la persona solicitante no supere 3 veces el IPREM, la cuantía podrá incrementarse hasta 3.000 euros.
Esto supone un refuerzo para quienes tienen más dificultades económicas para acceder a una formación de pago.
Eso sí, la cuantía se ajustará al coste real del curso. Es decir, si la formación cuesta menos que el máximo previsto, la ayuda cubrirá el importe correspondiente al coste de esa formación.
Pago anticipado del 30% de la ayuda
La modificación también introduce una mejora práctica: el abono anticipado del 30% de la ayuda una vez concedida.
El BOCM recoge que se efectuarán dos pagos: un primer pago del 30% tras la resolución de concesión, con exención de garantías, y el 70% restante una vez finalizada y justificada la superación de la formación.
Este punto es importante porque muchas personas pueden tener dificultades para adelantar el coste inicial de una formación. El pago anticipado puede ayudar a reducir esa barrera de entrada.
Requisitos principales para solicitar el cheque formación
Según la modificación publicada, los beneficiarios deberán cumplir, entre otros, estos requisitos:
- Estar empadronados en algún municipio de la Comunidad de Madrid.
- Estar desempleados e inscritos como demandantes de empleo en una oficina de la Comunidad de Madrid en el momento de realizar la matrícula o reserva de plaza.
- Tener menos de 30 años en el momento de realizar la matrícula o reserva.
- No haber sido beneficiarios de esta ayuda dentro de la misma anualidad.
- Que la unidad de convivencia no supere el límite de renta establecido.
- Que la formación solicitada no tenga carácter gratuito para la persona beneficiaria.
Este último punto conviene tenerlo muy presente: el cheque formación está pensado para financiar formación que suponga un coste para la persona beneficiaria. Si la formación ya forma parte de una oferta gratuita financiada con fondos públicos, deberá estar debidamente motivada la necesidad de la ayuda por el personal de orientación profesional de la oficina de empleo.
¿Qué cambia respecto al texto anterior?
La modificación introduce varios cambios relevantes:
- Se amplía el límite de renta hasta 6 veces el IPREM.
- Se aumenta hasta 3.000 euros la ayuda para unidades con rentas iguales o inferiores a 3 veces el IPREM.
- Se establece el pago anticipado del 30%.
- Se sustituye el requisito de residencia por el de empadronamiento en alguno de los municipios de la Comunidad de Madrid.
- Se actualiza el régimen de pérdida del derecho al cobro y reintegros.
- Se actualizan aspectos relacionados con protección de datos.
En caso de no asistencia, abandono o no superación de la acción formativa, salvo causa de fuerza mayor justificada, la persona beneficiaria podrá perder el derecho al cobro y, en su caso, deberá reintegrar total o parcialmente las cantidades percibidas. La norma también contempla un reintegro parcial del 50% si no se supera la totalidad de la formación, pero sí al menos el 50% con resultado favorable.
También se amplían las ayudas para contratar jóvenes
La segunda publicación del BOCM afecta al programa de fomento de la contratación en la Comunidad de Madrid.
La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo ha declarado una ampliación de crédito de 3.850.000 euros para financiar subvenciones de las líneas 2, 3 y 4 del programa de contratación juvenil en 2026.
Esta ampliación responde a que el crédito autorizado para estas líneas resultaba insuficiente teniendo en cuenta el número de solicitudes presentadas.
¿Cómo se distribuye el nuevo crédito?
La ampliación de crédito se reparte así:
| Línea | Finalidad | Importe adicional |
|---|---|---|
| Línea 2 | Contratación estable de personas jóvenes | 1.000.000 € |
| Línea 3 | Contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada de personas jóvenes | 2.000.000 € |
| Línea 4 | Contrato de formación en alternancia para personas jóvenes | 850.000 € |
Esta distribución aparece recogida en la Orden publicada en el BOCM del 14 de septiembre de 2026.
¿Por qué es importante esta ampliación?
La ampliación del crédito para contratación juvenil puede facilitar que más empresas accedan a ayudas para incorporar personas jóvenes a sus equipos.
Las líneas afectadas están vinculadas a tres formas de entrada al empleo:
La contratación estable, que busca favorecer incorporaciones con mayor continuidad.
El contrato formativo para la obtención de práctica profesional, pensado para que jóvenes con formación puedan adquirir experiencia relacionada con sus estudios.
Y el contrato de formación en alternancia, que combina formación y trabajo y puede ser una vía de acceso al mercado laboral para personas que necesitan aprender mientras se incorporan a una actividad profesional.
Para una persona joven, estas medidas pueden traducirse en más oportunidades de acceso al empleo. Para las empresas, pueden suponer un apoyo a la hora de contratar y formar talento joven.
Formación y empleo: dos piezas del mismo camino
Estas dos publicaciones del BOCM muestran algo importante: la formación y la contratación no deberían verse como mundos separados.
Para muchas personas jóvenes, el camino hacia el empleo empieza con una pregunta muy sencilla: “¿Qué necesito aprender para tener más oportunidades?”.
A veces la respuesta pasa por adquirir una competencia digital. Otras veces por especializarse en un área técnica, mejorar idiomas, conocer herramientas profesionales o prepararse para un sector con más demanda.
Después, el siguiente paso es poder acceder a una oportunidad laboral real. Por eso son importantes tanto las ayudas a la formación como los programas que favorecen la contratación.
ADF Formación: acompañamiento para avanzar profesionalmente
En ADF Formación trabajamos cada día con personas que quieren mejorar su perfil profesional, encontrar nuevas oportunidades o actualizar sus conocimientos.
Sabemos que los trámites, las convocatorias y los requisitos administrativos pueden resultar confusos. Por eso creemos que es importante explicar estas novedades de forma clara, para que cada persona pueda entender qué opciones existen y qué pasos puede dar.
Si eres joven, estás en desempleo y quieres formarte, conviene que revises con atención las condiciones del cheque formación y consultes en tu oficina de empleo qué itinerario puede encajar mejor con tu situación.
Y si estás buscando cursos gratuitos subvencionados, en ADF Formación puedes consultar nuestra oferta formativa dirigida a personas desempleadas y ocupadas en la Comunidad de Madrid.
Preguntas frecuentes sobre estas ayudas
¿Qué es el cheque formación?
Es una ayuda directa para personas desempleadas menores de 30 años que realicen cursos de formación orientados a mejorar su empleabilidad.
¿Cuál es la nueva cuantía máxima?
La ayuda general puede alcanzar hasta 1.500 euros. Para unidades de convivencia con rentas inferiores o iguales a 3 veces el IPREM, la ayuda puede incrementarse hasta 3.000 euros.
¿Quién puede solicitarla?
Personas menores de 30 años, desempleadas, inscritas como demandantes de empleo y empadronadas en algún municipio de la Comunidad de Madrid, siempre que cumplan el resto de requisitos económicos y administrativos.
¿La ayuda se cobra antes o después del curso?
La norma establece un primer pago anticipado del 30% tras la concesión y el 70% restante tras finalizar y justificar la superación de la formación.
¿Sirve para cursos gratuitos subvencionados?
La norma indica que la formación solicitada no debe tener carácter gratuito para la persona beneficiaria. Si la formación forma parte de la oferta formativa financiada con fondos públicos, la necesidad de esta ayuda deberá estar debidamente motivada por el personal de orientación profesional de la oficina de empleo.
¿Qué ayudas a la contratación se han ampliado?
Se amplía el crédito para contratación estable de personas jóvenes, contrato formativo para la obtención de práctica profesional y contrato de formación en alternancia.
Una oportunidad para informarse y dar el siguiente paso
Las novedades publicadas en el BOCM refuerzan la importancia de la formación y la contratación como herramientas para mejorar el futuro laboral de las personas jóvenes en la Comunidad de Madrid.
El cheque formación puede ayudar a acceder a formación útil para mejorar la empleabilidad. Y la ampliación de las ayudas a la contratación puede facilitar que más empresas incorporen talento joven.
En ADF Formación seguiremos atentos a estas novedades para informar a nuestro alumnado y ayudar a que cada persona encuentre la formación que mejor encaje con sus objetivos.
Infórmate sobre nuestros cursos y próximas convocatorias.
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